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Ley de Marchman
  1. ¿QUE ES LA LEY DE MARCHMAN?


    La Ley de Marchman es un medio de proporcionar a un individuo que necesite servicios de abuso de sustancias con servicios de emergencia y de detención provisional para la evaluación y tratamiento del abuso de sustancias, cuando sea necesario, ya sea de forma voluntaria o involuntaria.

  2. ¿COMO SE DIFERENCIAN LAS ADMISIONES VOLUNTARIAS E INVOLUNTARIAS DE LA LEY MARCHMAN?


    Una admisión voluntaria es cuando una persona que desea entrar en tratamiento para el abuso de sustancias solicita a un proveedor de estos servicios admisión de manera voluntaria.

    Una admisión involuntaria es cuando hay razones de buena fe para creer que la persona sufre de discapacidad por abuso de sustancias y, debido a tal deterioro, ha perdido el poder de auto-control con respecto al uso de sustancias; y ya se ha infligido, intentado o amenazado con infligirse, o lo haya admitido, o que es probable que cause daño físico a sí mismo u a otra persona; o el juicio de la persona ha sido tan afectado por el abuso de sustancias que es incapaz de apreciar la necesidad de los servicios de abuso de sustancias y de tomar una decisión racional en lo que respecta a los servicios de abuso de sustancias.

  3. ¿HAY ALGUN OTRO CRITERIO PARA SABER QUE LA LEY MARCHMAN ES APROPIADA?


    Sí. Hay un criterio adicional para una Ley Marchman voluntaria o involuntaria que no se incluye aquí. Por ejemplo, un menor de edad puede solicitar el ingreso voluntario para los servicios de abuso de sustancias sin el consentimiento de los padres o tutores.

    Un oficial de policía puede llevar a una persona custodia preventiva cuando el menor o adulto parece cumplir con los criterios de admisión y es informado a oficiales de la ley o está en un lugar público.

  4. ¿QUIEN PUEDE PRESENTAR UNA PETICION PARA UNA LEY MARCHMAN INVOLUNTARIA?


    Además de la autoridad de un oficial de la ley para implementar medidas de custodia preventiva en situaciones de emergencia involuntarias, un médico particular, el cónyuge o el tutor, cualquier familiar de la persona, el director de un proveedor de servicios autorizado o el designado por el director, o cualquiera de tres (3) adultos responsables que tengan conocimiento de la discapacidad de la persona por el abuso de sustancias, o, en el caso de un menor, los padres del menor, tutor legal, guardián legal o proveedor de servicio autorizado pueden presentar una petición involuntaria de la Ley Marchman.

  5. ¿COMO PUEDO PRESENTAR UNA PETICION PARA LA LEY DE MARCHMAN INVOLUNTARIA?


    Si usted tiene conocimiento personal de la deficiencia por el abuso de sustancias de la persona y cree que debido a la deficiencia de la persona ha perdido el poder de autocontrol con respecto al abuso de sustancias y tiene razones para creer que la persona ha causado o pueda causar daño a sí mismo u otros, o lo haya admitido, o la persona es incapaz de apreciar la necesidad la necesidad de cuidado debido al abuso de sustancias, usted puede presentar una Petición de la Ley Marchman.

    Usted debe contactar a un proveedor de servicios y confirmar que haya cama disponible, si el tribunal considera necesario establecer una orden que autoriza la evaluación involuntaria y la estabilización de la persona.

  6. ¿DONDE PRESENTO LA PETICION DE LA LEY MARCHMAN?


    La Petición de la Ley Marchman puede ser presentada durante horas laborables normales en la Oficina Clerical localizada en el Segundo piso del nuevo edificio judicial, 2 Courthouse Square, Kissimmee, Florida.

  7. ¿QUE NECESITO LLEVAR?


    Usted necesitará llevar una identificación (que incluya el número de seguro social y fecha de nacimiento) y una dirección o localización donde la persona pueda ser localizada por la oficina del alguacil.

  8. ¿QUE PASA LUEGO QUE PRESENTE LA PETICION DE LA LEY MARCHMAN?


    Luego que usted complete la Petición de la Ley Marchman, la corte revisará la petición y, si la persona es representada por un abogado, llevará a cabo una vista dentro de 10 días; o, de no tener representación de un abogado y dependiendo exclusivamente en los contenidos de la petición, someterá una orden autorizando la estabilización involuntaria y evaluación de la persona.

  9. ¿POR CUANTO TIEMPO LA PERSONA PUEDE SER SOMETIDA BAJO LA LEY MARCHMAN?


    Una persona puede ser detenida para evaluación y estabilización involuntaria por un período que no exceda 5 días. Luego un juez puede ordenar por corte a un individuo a recibir servicios por hasta 60 días.

  10. ¿A QUIEN PUEDO LLAMAR PARA MAS INFORMACION?


    Para información general, puede llamar a la División Legal Clerical al (407) 742-3503.

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